Congregación para el Culto divino y la discplina de los Sacramentos
Respuestas a dudas propuestas
Si es lícito en las Misas crismales asociar a los presbíteros también a los diáconos al renovar las promesas sacerdotales.
R/ Negativo.
El Concilio Ecuménico Vaticano II en la Consttución dogmática «Lumen Gentium» afirma con claridad: «Los presbíteros, próvidos cooperadores del Orden episcopal y ayuda e instrumento suyo, llamados para servir al Pueblo de Dios, forman, junto con su Obispo, un solo presbiterio, dedicado a diversas ocupaciones. En cada una de las congregaciones locales de fieles representan al Obispo, con el que están confiada y animosamente unidos, y toman sobre sí una parte de la carga y solicitud pastoral y la ejercen en el diario trabajo. Ellos, bajo la autoridad del Obispo, santifican y rigen la porción de la grey del Señor a ellos encomendada, hacen visible en cada lugar a la Iglesia universal y prestan eficaz ayuda en la edificación de todo el Cuerpo de Cristo (LG 28)».
Aún más, el Decreto sobre el ministerio y la vida de los presbíteros, define: «Todos los presbíteros, juntamente con los obispos, participan de tal modo el mismo y único sacerdocio y ministerio de Cristo, que la misma unidad de consagración y de misión exige una unión jerárquica de ellos con el Orden de los obispos, unión que manifiestan perfectamente a veces en la concelebración litúrgica, y unidos a los cuales profesan que celebran la comunión eucarística (PO 7)».
En la Misa crismal, que preside el Obispo en la iglesia catedral y en la que concelebran los presbíteros de las diversas partes de la diócesis, refleja la misma naturaleza de la Iglesia, cuerpo de Cristo, constituida en varios ministerios y carismas. Además, esta celebración se estima «entre las principales manifestaciones de la plenitud del sacerdocio del Obispo y signo de la íntima unión de los sacerdotes con él» (Orden de bendición del óleo de los catecúmenos y de los enfermos y de confección del Crisma. Introducción, n. 1).
Como se desprende de las mismas interrogaciones que aparecen en el Misal Romano y que el Obispo propone a los presbíteros, en ese día, en que se celebra el nacimiento del sacerdocio ministerial, cada presbítero renueva la fidelidad a Cristo la obediencia al Obispo y la plena dedicación a servir al pueblo de Dios.
En esta celebración, por lo tanto, aparece con claridad que «La Misa crismal [...] es una manifestación de la comunión existente entre el obispo y sus presbíteros en el único y mismo sacerdocio y ministerio de Cristo. Para esta Misa ha de convocarse a los presbíteros de las diversas partes de la diócesis para concelebrar con el obispo; y ser testigos y cooperadores en la consagración del Crisma, del mismo modo que en el ministerio cotidiano son sus colaboradores y consejeros» (Congregación para el Culto divino y la discplina de los Sacramentos, Carta circular sobre la preparación y celebración de las Fiestas Pascuales «Paschalis Sollemnitatis», n. 35).
El mismo Concilio Ecuménico Vaticano II, cuando habla de los diáconos, los distingue de los sacerdotes y define su naturaleza afirmando: «En el grado inferior de la Jerarquía están los diáconos, que reciben la imposición de las manos “no en orden al sacerdocio, sino en orden al ministerio”» (LG 29).
Por lo tanto, solo los presbíteros son llamados en la Misa crismal a renovar las promesas sacerdotales, los cuales participan en unión con el Obispo de su mismo sacerdocio y ministerio de Cristo.
Fuente: Notitiae 49 (2012), pp. 170-171
Original en latín. Traducción de la redacción de Vidasacerdotal.org