La Iglesia está cercana a los que sufren como resultado de la pandemia de la covid-19. Piensa en los enfermos, en sus familiares, en quienes los cuidan y asisten, comenzando por los médicos y los enfermeros, hasta el personal auxiliar y los voluntarios. Y piensa en particular en aquellos que mueren a causa del virus. Es a través de la Penitenciaría Apostólica que la Iglesia expresa su solicitud por los que han sido golpeados directa o indirectamente por el coronavirus, otorgando específicas indulgencias y facilitando las modalidades de acercarse al sacramento de la penitencia en condiciones de emergencia. Habla de ello el cardenal Mauro Piacenza, penitenciario mayor, en esta entrevista con «L'Osservatore Romano».
La pandemia de la covid-19 ha suscitado algunos interrogantes sobre el sacramento de la confesión. ¿Cómo acercarse al sacerdote respetando las reglas sanitarias? ¿Hay algún modo alternativo de recibir la absolución?
En la emergencia de la pandemia, es competencia del obispo diocesano indicar a los sacerdotes y penitentes las prudentes atenciones que se deben adoptar en la celebración individual de la reconciliación sacramental, como la celebración en un lugar aireado, eventualmente externo al confesionario, la adopción de una distancia conveniente, el uso de máscaras protectoras, la desinfección frecuente del ambiente, garantizando siempre la atención absoluta a la salvaguardia del sigilo sacramental y a la necesaria discreción. Además, corresponde siempre al obispo diocesano determinar —en el territorio de la propia circunscripción eclesiástica y con relación al nivel de contagio de la pandemia— los casos de grave necesidad en los que es lícito impartir la absolución colectiva: por ejemplo, a la entrada de las salas hospitalarias, donde se encuentren hospitalizados fieles contagiados en peligro de muerte, utilizando en la medida de lo posible y con las oportunas precauciones los medios de amplificación de la voz, para que se oiga la absolución.
¿Ha concedido la Penitenciaría Apostólica algunas indulgencias relacionadas con la emergencia sanitaria en curso?
¡Ciertamente! Se concede indulgencia plenaria a los fieles afectados por el coronavirus, sometidos a régimen de cuarentena por disposición de la autoridad sanitaria en los hospitales o en sus hogares, si, con el ánimo desprendido de cualquier pecado, se unen espiritualmente a través de los medios de comunicación a la celebración de la santa misa o liturgia divina, al rezo del Santo Rosario o del himno Akáthistos a la Madre de Dios, a la práctica piadosa del Vía Crucis o al oficio de la Paráklisis a la Madre de Dios, o a otras oraciones de sus respectivas tradiciones orientales o a otras formas de devoción. O si al menos recitan el Credo, el Padre Nuestro y una invocación piadosa a la Santísima Virgen María, ofreciendo esta prueba con espíritu de fe en Dios y caridad hacia nuestros hermanos, con la voluntad de cumplir las habituales condiciones —confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Santo Padre— apenas sea posible.
¿Hay alguna intervención suya dedicada a los médicos, enfermeras, voluntarios que han sido infectados por el coronavirus mientras curan a los enfermos?
Los operadores sanitarios, los familiares y aquellos que, siguiendo el ejemplo del Buen Samaritano, exponiéndose al riesgo de contagio, ayudan a los enfermos de coronavirus en las palabras del divino Redentor: «nadie tiene amor más grande que el que da la vida por sus amigos» (Jn 15, 13), pueden obtener el mismo don de la indulgencia plenaria con las mismas condiciones. La Penitenciaria Apostólica, además, concede con las mismas condiciones, la indulgencia plenaria con ocasión de la pandemia actual, también a aquellos fieles que ofrecen la visita al Santísimo Sacramento, o la adoración eucarística, o la lectura de las Sagradas Escrituras durante al menos media hora, o el rezo del Santo Rosario o del himno Akáthistos a la Madre de Dios, o el ejercicio piadoso del Vía Crucis, o el rezo de la coronilla de la Divina Misericordia, o el oficio de la Paráklisis a la Madre de Dios u otras formas propias de las respectivas tradiciones orientales a las que pertenezcan para implorar de Dios Todopoderoso el cese de la epidemia, el alivio para los afligidos por ella y la salvación eterna de aquellos a quienes el Señor ha llamado a sí.
Si una persona está muriendo debido al covid-19 y no es posible acercarle los sacramentos, porque está en cuarentena, ¿qué prevé la penitenciaría apostólica?
Cuando los fieles se encuentren en la dolorosa imposibilidad de recibir la absolución sacramental, deben tener en cuenta que la contrición perfecta, que procede del amor de Dios amado por encima de todas las cosas, expresada por una sincera petición de perdón —aquella que el penitente en ese momento es capaz de expresar— y acompañada por la firme resolución de acudir, tan pronto como sea posible, a la confesión sacramental, obtiene el perdón de los pecados , también mortales, como afirma el Catecismo de la Iglesia Católica en el número 1452. Es un motivo de consuelo saber que la Iglesia reza por aquellos que no pueden recibir el sacramento de la unción de los enfermos y del viático, confiando a la misericordia divina a todos y a cada uno en virtud de la comunión de los santos y concede al fiel la indulgencia plenaria en el momento de la muerte, siempre que esté debidamente dispuesto y haya recitado habitualmente durante su vida algunas oraciones (en este caso la Iglesia suple las tres condiciones habituales requeridas).
¿Se pueden usar teléfonos inteligentes u otras redes sociales para confesarse?
Podemos afirmar la probable invalidez de la absolución impartida por tales medios. Falta de hecho la presencia real del penitente y no se verifica transmisión real de las palabras de la absolución; se trata solamente de vibraciones eléctricas que reproducen la palabra humana.
Dada la gravedad de la situación sanitaria, social y económica, ¿para aquellos que no pueden asistir a la misa dominical se cumple el precepto escuchando la celebración por radio, streaming o televisión?
Nada puede subrogar a la participación a la santa misa en presencia. En las situaciones en las que no es posible acudir a la misa festiva, decae la obligación sin que se deba sustituir la no participación por otra cosa. Ciertamente si quien está impedido por un motivo válido asiste a la celebración a través de la televisión realiza un acto piadoso y espiritualmente útil.
Entrevista al cardenal Mauro Piacenza, Penitenciario Mayor, en L’Osservatore Romano, edición diaria en italiano, 5 de diciembre de 2020. Traducción al español de la redacción de vidasacerdotal.org.