Vida Sacerdotal - Seminarios y formación de los seminaristas

Importancia de los seminarios mayores para las vocaciones sacerdotales

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Algo de historia

Si bien la idea del "Colegio clerical" no es original del Concilio de Trento pues ya se halla presente en S. Agustín y en los primeros concilios toledanos y encontró antecedentes en los Colegios Capránica y Germánico de S. Ignacio, ambos en Roma, y sobre todo en los Seminarios del Cardenal Pole en sus decretos de la reforma en Inglaterra, lo cierto es que hay que reconocerle a Trento su difusión y establecimiento con su célebre decreto XVIII de la sección XXIII (15-07-1563) en el que declara la obligatoriedad de los mismos para que todos los obispos los establezcan en sus diócesis y en donde se formaran los sacerdotes dedicados a la cura de almas («el Santo Sínodo ordena que todas las catedrales, metropolitanas e iglesia mayores, según sus posibilidades y la extensión de la diócesis, estén obligadas a mantener, educar religiosamente e instruir en las disciplinas eclesiásticas a un cierto número de niños de la misma ciudad o diócesis...y aprenderán gramática, canto, cómputos eclesiásticos y demás materias de letras humanas. Asimismo se instruirán en la Sagrada Escritura, libros eclesiásticos, homilías de los santos y en la manera de administrar los sacramentos, sobre todo respecto de oír confesiones...»).

Fue un hecho que el factor económico, que también era considerado por Trento al establecer un tributo -el «seminaristicum»-, va a constituir un óbice para llegar a establecer seminarios en todas las diócesis debido a que afectaba los ingresos establecidos para algunas canonjías y cabildos. De otra parte es necesario reconocer que el así llamado "alto clero" contaba con excelentes Universidades y Colegios, desde la edad media, para su formación.

Detalle en la iglesia de San Pablo (Valladolid)El establecimiento por tanto de los seminarios en las diversas diócesis se acogió con entusiasmo por unos ya en el mismo siglo XVI, pero tendremos que esperar hasta el siglo XIX y XX para ver establecida esta iniciativa del concilio por toda la Iglesia. En el contexto italiano conviene recordar a S. Carlos Borromeo que al año siguiente de la clausura de Trento (1564) establecerá hasta cuatro seminarios en sus diócesis dictando sus Institutiones ad universum Seminarii regimen pertinente que en opinión de alguno no han sido superadas en algunos de sus aspectos. Como contenidos de los cursos indicaba los de Gramática, Retórica, Filosofía y Teología y entre los cargos del seminario colocaba los de rector, mayordomo, prefecto de estudios, profesores, prefectos de disciplina y director espiritual, aspectos que se introdujeron en el Código de 1917 en el canon 1358 y que en el actual Código de 1983 están recogidos por el canon 237 § 1 del título III De los ministros sagrados o clérigos de la primera parte del Libro II referente "Del Pueblo de Dios". Siempre dentro de este contexto italiano sobresaldrá posteriormente la figura de S. Alfonso María de Ligorio.

En el contexto español conviene recordar a S. Juan de Ávila que junto con el Arzobispo Guerrero propendieron por la aplicación de las normas conciliares sobre los seminarios y en su misiva al sínodo provincial de Toledo recomendaba que "el medio para hacer sacerdotes, tales cuales se desea, es poner en debida ejecución el Seminario, y porque en esto ha de haber dificultad grande, es bien se haga por los medios que más se puedan facilitar esta formación, y por los cuales se vea el fruto más de presto y muy a poca costa." Recomienda el maestro de Andalucía que quienes regenten el seminario han de ser tales en santidad que su presencia será la mejor orientación en la formación: "...y por esto es necesario tengan el cargo de regirlos una persona tal cuya prudencia, autoridad y santidad sea suficiente para con su ejemplo y su doctrina criarlos, de manera que salgan maestros verdaderos de las almas redimidas con la sangre del Señor. Y dése a entender a los obispos que si en esto hay alguna falta, todo lo demás será de poco fruto, y si en esto se pone la debida diligencia, en todo lo demás saldremos suficientemente." Será Inocencio XIII quien dará un impulso fundamental a los Seminarios en España con su constitución apostólica «Apostolici ministerii» del 23 de mayo de 1723 llegando a fundarse hasta 30 en esta nación en dicho siglo.

En el contexto francés la figura de S. Vicente de Paúl y Olier serán señeras pues el Parlamento mostró su oposición a la aplicación del tridentino. En Alemania fue Bartolomé Holtzhauser quien consiguió de Inocencio XI las letras apostólicas «Sacrosancti Apostolatus» aprobando así las Constituciones de los Seminarios que rigen los Barnabitas.

Será a partir del siglo XVIII que el asunto de los Seminarios encontrará una particular resonancia en los pontificados de Benedicto XIII con su «Creditae nobis» (9-5-1725), que sería una nueva promulgación del decreto XVIII de Trento, del sabio canonista Benedicto XIV con su «Ubi primum» (3-12-1740) y de Pío VI con «Inscrutabile» (25-12-1775).

La confiscación de los bienes eclesiásticos y de algunas comunidades religiosas a partir de la revolución francesa y su repercusión en el proceso de emancipación de América Latina (siglos XVIII y XIX) fue un factor que influyó para que el interés económico no fuera un obstáculo para el establecimiento de los Seminarios sino por el contrario un estímulo para el establecimiento de un clero autóctono.

Preocupados por la formación del clero para los territorios misionales los Papas León XIII, S. Pío X, Benedicto XV y sobre todo Pío XI recurrirán a la solución de los seminarios provinciales bien montados y constituidos con suficientes profesores y medios que unos de baja calidad multiplicados por los vicariatos misionales. El código actual estipula que para el establecimiento de estos seminarios regionales se hace necesaria la aprobación de la Conferencia Episcopal, si es para toda una nación, o los obispos interesados, si es regional, han de obtener la aprobación de la Sede Apostólica. (Cfr. Canon 237 § 2)

Se debe a Benedicto XV la fundación de la Sagrada Congregación de Seminarios y Universidades por el motu propio de 4 de noviembre de 1915. Esta Congregación estableció en 1924 un decreto, «Quo uberiore», por el cual todos los seminarios han de enviar una relación trienal de las situación de los mismos dando respuesta a un detallado cuestionario siempre con la intención de mejorar su calidad.

Todo este breve recuento histórico nos hace ver la preocupación constante que la Iglesia ha mantenido en la formación del clero mediante los llamados Seminarios Mayores.

La formación en los seminarios mayores desde el Vaticano II

Recientemente se ve reflejada la preocupación de la Iglesia en la multitud de documentos que se han promulgado después de los decretos conciliares del Vaticano II «Presbyterorum Ordinis» y más particularmente sobre la formación sacerdotal «Optatam totius». Con la «Ratio fundamentalis institutionis sacerdotalis» de la Congregación para la Educación Católica, presentada a los Padres del Sínodo Episcopal en octubre de 1967 por el entonces Prefecto, Cardenal Gabriel María Garrone, se daba una normatividad orgánica a la formación en los seminarios. Se vuelve a confirmar la necesidad de los seminarios para la formación de los futuros presbíteros, pero indicando cómo la realidad del mundo ha cambiado y los horizontes culturales en donde se han de formar los futuros ministros es cambiante.

Prácticamente no ha habido elemento de la formación seminarística que no haya sido profundizado por un documento posterior abarcando tanto los aspectos espirituales (Carta Circular del 6-1-1980), destacando la presencia mariana en dicha formación así como la formación de la afectividad y el celibato sacerdotal (11-4-1974 y Cfr. Documento Orientaciones educativas sobre el amor humano 1-11-1983), como los estudios filosóficos y teológicos (La Enseñanza de la filosofía en los seminarios: 20-01-1972; La formación teológica de los futuros sacerdotes: 22-02-1976; Const. Apos. «Sapientia Christiana» del 29-04-1979), el ecumenismo (16-04-1970); el elemento jurídico-canónico (2-04-1975), la liturgia (3-06-1979), el estudio de los Padres de la Iglesia (30-12-1989), la Doctrina Social de la Iglesia (30-11-1988); la utilización de los medios de comunicación social (19-03-1986); la pastoral de la movilidad humana (25-01-1986); la formación en los seminarios en territorio de misión y para la misión (25-04-1987). Podemos llegar afirmar así que no hay estado de vida en la Iglesia que haya sido provisto de un cuerpo doctrinal más abundante que el del futuro ministro, además recordemos que las diversas Conferencias Episcopales han realizado las correspondientes adaptaciones de dicha normatividad a sus propios territorios.

Por tanto lo que presentaré a continuación puede correr el riesgo de parecer superficial ante tal abundancia de doctrina pero mi intención es destacar y presentar a manera de síntesis un recordatorio sobre la direccionalidad de tal formación en los Seminarios que se cae de su peso es radicalmente importante. Sin duda que a la base de toda esta formación está el concepto de ministro que se quiera formar. Su identidad debería marcar el derrotero hacia donde ha de apuntar toda formación del futuro presbítero.

El referente fundamental, afortunadamente, está puesto por la misma revelación en Jesucristo único mediador entre Dios y los hombres, único sacerdote, pero el misterio de la sacramentalidad hace que el mismo Señor por el poder de su Espíritu prolongue en la historia su ministerialidad, de aquí también que la «Optatam totius» en su número 4 nos recuerde la necesidad de los Seminarios pues "en ellos, toda la educación de los alumno deben tender a la formación de verdaderos pastores de almas, a ejemplo de nuestro Señor Jesucristo, Maestro ,Sacerdote y Pastor".

Para lograr un proceso de formación integral será necesario tener en cuenta los aspectos humano-afectivos, espirituales, intelectuales, comunitarios y pastorales del candidato. Es necesario observar con Juan Pablo II que "sin una adecuada formación humana toda la formación sacerdotal estaría privada de su fundamento necesario" (Pastores Dabo Vobis 43) pues el sacerdote representa a Jesucristo quien se encarnó y ofrece a sus hermanos los hombres "la más genuina y perfecta expresión de humanidad" (Pastores Dabo Vobis 72). Por tanto se ha de promover el desarrollo de la personalidad y la conciencia de su propia identidad junto con la madurez afectiva y un sentido de pertenencia a una diócesis como real compromiso.

Es necesario por tanto establecer criterios de maduración que incluyen la capacidad de interactuar con los otros seres humanos, dialogando, asumiendo posiciones críticas y decisiones propias, por tanto responsables, que indican un buen criterio y que van configurándole precisamente en la personalidad que el mismo forjará con la colaboración de sus formadores. Atendiendo él mismo a su formación intelectual, volitiva, y de conocimiento de sus tendencias, sentimientos, debilidades de todo orden: físicas, psicológicas y morales pues ha de asumir también esta importante formación, su responsabilidad moral ya que ha de acompañar el crecimiento humano y espiritual de sus hermanos y hermanas.

El sacerdote es ante todo el hombre de Dios que como cristiano ha escuchado el llamado para seguir a Jesús como el Hijo que tiene como alimento la voluntad del Padre y se deja conducir por el Espíritu y ha recibido las virtudes teologales las que ha de desarrollar permanentemente. Consciente que su vivir es Cristo ha de buscar estar con El para que configurándose con El pueda prolongarle en medio de los hombres. Por tanto ha de encontrar espacios reales para vivir su encuentro personal con el Señor en la liturgia eclesial, la piedad mariana, el discernimiento acompañado, la «Lectio Divina», la vida de ascesis principalmente en lo que respecta a la caridad con el prójimo. Ha de aceptar que los consejos evangélicos también son para él y esto supone una permanente conversión al Evangelio.

Con Juan Pablo II indicamos que "la formación intelectual de los candidatos al sacerdocio encuentra su justificación específica en la naturaleza misma del ministerio ordenado y manifiesta su urgencia actual ante el reto de la Nueva Evangelización a la que el Señor llama a su Iglesia a las puertas del nuevo milenio" (Pastores Dabo Vobis 51; Cfr. Optatam Totius 14) Por tanto la formación intelectual ha de ser profunda, integral, interdisciplinaria y para crear hábitos de investigación. Ha de evitar la superficialidad la conducción al activismo, la poca reflexión y una instrucción que margine de la realidad en la cual se inserta el seminarista. Estará orientada para capacitar a los futuros ministros en un pensamiento crítico, analítico y sistemático en forma tal que pueda dar razón de su fe, comprender los grandes interrogantes del hombre de hoy, con sentido histórico y en proyección evangelizadora. Esta experiencia intelectual ha de ser tal que en vez de enfriar su espíritu le lleve por el contrario a enriquecerle pues la luz de la fe y del intelecto no se oponen sino que le llevan a hacerle sabio.

La formación pastoral será el lugar donde confluirán todos los empeños formativos pues el objetivo de tal formación es precisamente la de constituir un pastor que ha de moverse en un mundo pluralista, global y que como líder espiritual de comunidades eclesiales orgánicas, vivas y misioneras él mismo ha de presentarse como un hombre de comunión eclesial en donde se muestre que su interés será siempre el de congregar a la porción del Pueblo de Dios que le fue confiada alrededor del único Pastor, Cristo Jesús, representado en su diócesis por su Obispo y a los demás hombres invitarles en una convocación atrayente que con respeto ofrece respuesta a opciones religiosas o ideológicas de este mundo plural y global.

Ha de subrayarse su peculiar predilección por los marginados y su empeño por apoyar todo lo que defienda la dignidad de los hombres colocándose del lado de los que el mundo contemporáneo margina, obrando así hará creíble la Buena Noticia que proclama.

Fuente: Clerus.org. Intervención de Silvio Cajiao sj, profesor de teología en Bogotá, pronunciada en la videoconferencia mundial de teología organizada por la Congregación vaticana para el Clero el 28 de abril de 2004 sobre las vocaciones sacerdotales.

Documento relacionado: Mensaje a la Congregación para la Educación Católica sobre la formación de los seminaristas.